Vivienda

Crédito destinado  para la adquisición de inmueble nuevo o usado o lote para la construcción de vivienda

Esta línea está orientada a subvencionar las necesidades para adecuar la vivienda en todos los aspectos jurídicos, tributarios, remodelación, liberación de gravámenes hipotecarios, pago de impuesto predial, gastos de escrituración y todo lo relacionado con la vivienda para su perfeccionamiento.

CUPO OTORGADO: Hasta máximo 150 S.M.M.L.V, menos las Deudas, dependiendo de los recursos Monetarios de FONASBCOL y de la capacidad de pago del deudor.
PLAZO Y TASA DE INTERÉS: Hasta 84 meses = 7% (N.A.M.V.)
 ANTIGÜEDAD EN EL FONDO: Estar afiliado como mínimo 6 meses
REQUISITOS: Estar vinculado a las empresas del Grupo Bancolombia mínimo 5 años

Cumplir con los requisitos de la línea de crédito, adicionando la promesa de Compra Venta, presupuesto de obra, o el documento que respalde la destinación del recurso

GARANTÍA: Garantía personal: Para montos inferiores a 50 S.M.M.L.V, se acepta garantía personal con dos avalistas solventes.
Hipoteca en Primer ó Segundo grado: cuando se otorgue por montos superiores a los 50 S.M.M.L.V, Se aceptará hipoteca de segundo grado solamente cuando la hipoteca de primer grado sea a favor de Bancolombia o Febancolombia, según lo establecido en el numeral tres del artículo veinticuatro Capítulo V de este reglamento, la póliza de seguro debe quedar a favor de FONASBCOL. Se presta máximo hasta el 70% del avalúo comercial del inmueble.